Al referirnos Relación Directa y Regular (visitas), debemos saber que papás y mamás deben respetar las resoluciones judiciales vigentes, pero además ajustarse a las normas sanitarias, toques de quedas, cuarentenas y restricciones, escenario muy complejo en algunos casos.
EL RÉGIMEN COMUNICACIONAL NO SE SUSPENDE POR ENTRAR LA COMUNA A FASE 1.
Si el régimen de relación directa y regular no se puede cumplir al pie de la letra el llamado es a buscar profesionales abogados de familia, para realizar las modificaciones necesarias o que puedan acompañar constancias de incumplimientos justificados a la carpeta electrónica de la causa. Nuestra legislación y autoridades precisan que el régimen comunicacional no se encuentra suspendido a pesar de que su comuna se encuentre en cuarentena total, esto a fin de cautelar el derecho recíproco que tiene el hijo o hija de relacionarse de forma periódica con el padre o madre con quien no vive.
Si consideras que la madre o padre que no mantiene el cuidado personal, es decir aquel que ejerce el régimen comunicacional (visitas) no toma todos los resguardos sanitarios para vincularse con su hij@, puedes solicitar suspensión por motivos justificado.
Si la madre o el padre cuidador se niega en dar cumplimiento en lo regulado respecto al régimen comunicacional (visitas) el padre a quien se le restringe este derecho puede solicitar las sanciones legales correspondientes.
Si tienes dudas respecto a su aplicación, contáctanos.